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Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): beneficios, requisitos y declaración
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02 de agosto de 2025 · Tiempo de lectura 3 min

Hoy te hablaremos del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): qué es, cómo funciona y quiénes pueden tributar en él.
También vamos a presentarte Creditea, una opción para solicitar un préstamo personal rápido y seguro, completamente en línea.
¿Qué es el RESICO y para qué sirve?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) creó RESICO con el objetivo de facilitar el pago de impuestos a través de un esquema más accesible, con tasas reducidas y trámites sencillos. Además, el SAT anunció que las personas en el Régimen Simplificado de Confianza ya no tendrán que presentar la declaración anual de impuestos, y solo será necesario presentar las declaraciones mensuales.
¿Quién puede tributar en el régimen RESICO?
Suena bastante bien, pero ¿quién puede tributar en este régimen? Para pertenecer a RESICO debes ser persona física con actividades empresariales, profesionales o en el sector primario (pesca, ganadería, agricultura), o quienes reciben ingresos por la renta de inmuebles. Los ingresos de estas actividades no deben superar los 3.5 millones de pesos al año.
En el caso de las personas morales, pueden pertenecer a RESICO empresas con actividades del sector primario, empresariales, profesionales o que se dediquen al arrendamiento (de inmuebles, maquinaria y equipo), y que tengan ingresos anuales que no superen los 35 millones de pesos.
Requisitos para tributar en RESICO personas físicas
Estos son los requisitos para poder darte de alta en RESICO como persona física:
- Tener ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos.
- Realizar actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, pesqueras o arrendamiento.
- Contar con firma electrónica (e.firma) y buzón tributario activo.
- Estar al corriente con tus obligaciones fiscales.
Estos son los requisitos para personas morales:
- Tener ingresos anuales menores a 35 millones de pesos en el ejercicio fiscal anterior.
- Ser una persona moral constituida únicamente por personas físicas.
- Contar con firma electrónica vigente y buzón tributario activo.
¿Quiénes no pueden estar en RESICO?
No cualquier persona física o moral puede tributar en RESICO. Además del límite de ingresos que ya mencionamos, no se puede tributar en este régimen en los siguientes casos:
Como persona física:
- Cuando se es socio, accionista o integrante de una persona moral.
- Cuando se pertenece a un régimen fiscal incompatible. RESICO solo es válido para quien haya tributado en Arrendamiento, Incorporación Fiscal y Actividades Empresariales y Profesionales.
- Si se vive en el extranjero de forma permanente.
- Si se cuenta con otros beneficios fiscales, como los estímulos que se otorgan en las regiones fronterizas norte y sur.
- Si se reciben honorarios asimilados a salarios.
- Si se perciben más de 3.5 millones de pesos anuales
Como persona moral:
- Si se encuentra en la lista del SAT de empresas con operaciones inexistentes o con irregularidades fiscales.
- Cuando los socios o accionistas no son exclusivamente personas físicas.
- Si participa en otras sociedades mercantiles o fideicomisos.
- Cuando se recibe más del 90% de los ingresos por actividades que no están relacionadas con la actividad empresarial principal.
- Si se otorgan beneficios fiscales por ubicación en zonas fronterizas.
- Si los ingresos del ejercicio anterior superan los 35 millones de pesos.
Ventajas y desventajas del régimen RESICO
En general, tributar con RESICO es más simple y accesible. Sin embargo, también tiene algunas limitaciones que deberías considerar antes de cambiar a este régimen.
Ventajas de RESICO | Desventajas de RESICO |
---|---|
Cálculo automático de impuestos según la facturación mensual | No se pueden hacer deducciones personales. |
Facilidades administrativas | Incluso si un mes tienes pérdidas, siempre tendrás que pagar una parte proporcional de tus ganancias. |
Tasas mínimas del ISR | Si excedes el límite de ingreso anual deberás cambiar de régimen |
No es necesario presentar la declaración anual |
Es cierto que llevar tú mismo la contabilidad en RESICO es más sencillo y el porcentaje de impuestos por ingresos es menor. Sin embargo, a diferencia de otros regímenes, en RESICO no es posible facturar ningún gasto personal. Estamos hablando de:
- Gastos médicos
- Gastos funerarios
- Donativos
- Primas de seguros médicos
- Colegiaturas y transporte escolar
- Aportaciones voluntarias al Afore
¿Cuánto se paga de impuestos en RESICO?
El monto de impuestos a pagar mensualmente en RESICO se hace de forma automática según los ingresos efectivamente cobrados. Esto significa que únicamente se paga por el dinero que recibiste, ya sea en tu cuenta bancaria o en efectivo.
Tabla de tasas ISR RESICO 2025
Monto de ingresos mensuales | Tasa |
---|---|
De $0 a $25,000 | 1.00% |
Hasta $50,000 | 1.10% |
Hasta $83,333 | 1.50% |
Hasta 208,333 | 2.00% |
Hasta 3,500,000.00 | 2.50% |
¿Qué tipo de actividades pueden estar en RESICO?
Ya hablamos de las personas que pueden pertenecer a RESICO, pero veamos algunos ejemplos prácticos:
En cuanto a personas físicas, RESICO es una buena opción para freelancers, emprendedores, profesionistas y consultores independientes, dueños de micronegocios, personas que rentan una casa o departamento propio, agricultores y pescadores.
Para personas morales, pequeñas empresas de renta de mobiliario o equipo, de bienes raíces, pequeñas empresas agroganaderas, talleres mecánicos o de carpintería, despachos profesionales, negocios de e-commerce que operan como sociedad, etc.
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Notas y fuentes:
Gobierno de México: Requisitos y obligaciones para personas físicas que busquen permanecer en el RESICO
Gobierno de México: Comunicado RESICO
SAT: Régimen Simplificado de Confianza
SAT: Resico para personas morales
Revisado el 2 de agosto del 2025.